Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO:SIN LUGARel recurso de Apelación Interpuesto por la Ciudadana YLSA FLANDINETTE PITRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.446.700, de este domicilio, Abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 58.672, actuando en nombre propio y representación, contra la Sentencia de fecha 20 de Marzo de 2025 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. SEGUNDO: SE ANULAla decisión de fecha 20 de marzo de 2025.....