Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos: LELIS ANTONIO BALLESTER ERAZO, GERARDO JOSE BALLESTER MOSQUERA, LIBARDO JOSE BALLESTER MOSQUERA, ALBERTO JOSE BALLESTER MOSQUERA, EFRAIN ANTONIO BALLESTER MOSQUERA, YAJAIRA MERCEDES BALLESTER MOSQUERA y HECTOR JOSE BALLESTER MOSQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.V-3.722.262, V-7.554.669, V-10.369.343, V-7.576.223, V-7.590.842, V-8.517.343 y V-10.369.449 respectivamente, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Avenida 3, entre Calles 10 y 11, Comunidad Guatanquire I, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: 502,73 mts 2, con las siguientes características: Casa P.....