Este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA la TRANSACCIÓN hecha por las partes en el presente juicio, dándosele el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. E igualmente se levanta la medida de SECUESTRO decretada por éste Tribunal en fecha 26 de mayo de 2004.