En consecuencia, revisadas las presentes actuaciones y satisfechos como se encuentran los conceptos laborales reclamados en el libelo de la demanda y costas procesales generados en el presente juicio, no teniendo nada que reclamar la parte demandante, es por lo que, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, da por terminado este procedimiento y se ordena el archivo del expediente N° 1869-01 (nomenclatura de este Juzgado), donde el ciudadano Rómulo de Jesús Salazar, demanda a la Asociación Civil "Línea Andrés Bello", en la persona de su Presidente ciudadano Rosendo Zerpa Mendoza, por Cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. Y ASI SE DECLARA