Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda el Sobreseimiento Definitivo a favor de los adolescente imputado: Carlos Eduardo Serrano Parra por la comisión del ilícito de Ocultamiento de Arma de Fuego previsto en el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal, al considerar que el ilícito penal investigado en su contra no da lugar a la configuración del delito de Porte Ocultamiento de Arma de Fuego previsto en el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente, al considerar la doctrina emanada de la Fiscalia General de la Republica que excluye como acción típica el porte de un arma de fuego de fabricación casera conforme a lo previsto en el artículo de la Ley de Armas y Explosivos. Notifíquese a las partes del pr.....