Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara:
1°) LA HOMOLOGACION de la transacción consignada por las partes en el presente asunto, en fecha dos (02) de diciembre de 2010, que fuera suscrita por el ciudadano RICHARD VERGEL, actuando en su carácter de parte demandante, debidamente asistido por el abogado ERIC HANSEN, por una parte y por la otra, el abogado DIEGO PARDI, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. 2º) TERMINADO EL PROCEDIMIENTO que por motivo de ACCIDENTE DE TRABAJO y DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES intentó el ciudadano RICHARD VERGEL en contra de la Sociedad Mercantil ROYAL DE VENEZUELA S.A., en virtud de la transacción suscrita por ambas partes en fecha dos (02) de diciembre de 2010. 3°) ORDENA la remisión del expediente al Tribunal de origen de Primera Instancia de S.....