Por cuanto de la presente causa de Obligación de Manutención, incoado por la ciudadana: NORA ISRAEL GONZALEZ VALLES, Venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nroº 7.912.583 domiciliada en la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, contra el ciudadano: JORGE HUMBERTO AZO ACOSTA, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.964.536 domiciliado en el Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, fue debidamente Decidida en fecha 06 de Noviembre del año 2009 y por cuanto en fecha 22 de Noviembre de 2011 el adolescente IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE en su carácter de beneficiario como consta en acta cursante al folio 162 manifestó asumir las actuaciones en la presente causa por haber cumplido la mayoridad, y posteriormente haber presentado su solicitud de Cierre como consta al folio 181 y asimismo se le expida copias certificadas de dicha sentencia, para abrir un nuevo.....