Ejecútese la sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado de Juicio N° 3 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en fecha 05 de Noviembre de 2003, mediante el cual condenó al ciudadano MORLES OLIVERO ROMER ALEXIS, de nacionalidad venezolana, nacido el 25/06/1972, de 31 años de edad, soltero, de ocupación mecánico, domiciliado en la Calle Principal del Sector Taparito, Casa S/N, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.270.875, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, a cumplir la pena de Tres (3) Años de Prisión.