DISPOSITIVA
Por los fundamentos Supra establecidos, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el articulo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Juicio No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente Asunto en beneficio del CARLOS JAVIER COLMENRAEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de Identidad 11.651.602, residencia en el Barrio Peguaima, avenida 03 con calle 14, casa No. 04 de Chivacoa, Estado Yaracuy., por el delito de Violencia Física previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre La Violencia Contra La Mujer y la Familia, por cuanto su conducta no se adecua a ningún tipo penal y así se decide .- Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.Cúmplase
La Juez de Juicio No. 3
La Secretaria
Abog. Jholeesky del Valle Villegas Espina Abog. Julibeth Paz