Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se pronuncia en los siguientes términos:
1. Califica la aprehensión del adolescente: Nelson Nazareth Osorio Tovar antes identificado como Flagrante, en virtud de encontrarse llenos los extremos del artículo 248, del Código Orgánico Procesal Penal, y 557 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente;
2. Se impone en consecuencia, la medida cautelar de Presentación Periódica cada 15 días, prevista en el artículo 582 literal "c" de la Ley especial tal como antes se indicó.
3. Se ordena continuar la investigación por el delito de: Robo Simple previsto en el artículo 455 del Código Penal Venezolano Vigente aplicando el procedimiento penal ordinario consagrado en el Código Orgánico Procesal Penal, en todo aquello no previsto en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en los términos de su artículo 537.
4. Se ordena Oficiar al Equ.....