Por las razones expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: FRANCISCO JOSE SILVA PEREZ y DILIANGEL LISETH BOADA, mayores de edad, venezolanos y titulares de las Cédulas de Identidad Nº 13.695.979 y 13.796.995 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado CHANG CARLOS JU KIM, INPREABOGADO N° 108.301 en consecuencia Decreta la Disolución del Vinculo Matrimonial contraído entre ellos por ante la extinta Prefectura hoy Coordinación de Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con el Acta de Matrimonio N° 93 del año 2.000, cursante al folio 5 del expediente.
En relación a sus hijos que lleva por nombre identidad omitida, se establece: PRIMERO: Ambos padres ejercerán la patria potestad; SE.....