DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, formulada por la ciudadana ZULEIMA MERCEDES REYES FUENTES; Plenamente identificada en autos, contra del ciudadano: OSWALDO RAMON REYES FUENTES, identificado en auto y fija por concepto de Aumento de Pensión Alimentaria,
tomando como base el particular Quinto de esta decisión la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000, oo) mensuales que el obligado deberá a pasar a su hija IDENTIDAD OMITIDA, a partir del presente mes de abril del año 2005, los cuales deberá depositar en la cuenta de ahorro 010-100498-9 que posee este Juzgado en el Central Banco Universal a nombre de la Corte Suprema de Justicia. Además de las pensiones alimentarias que debe solventar el padre de.....