Pues bien, en virtud de todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena: Librar nueva boleta de citación a la empresa co-demandada P.D.V.S.A., Petróleo y Gas, S.A., en la persona del ciudadano Pedro Coronil o de quien lo sustituya validamente, de conformidad con el contenido del artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, el cual estatuye: "...En todo caso, si transcurrieren más de sesenta días entre la primera y la última citación, las practicadas quedarán sin efectos y el procedimiento se suspenderá hasta que el demandante solicite nuevamente la citación de todos los demandados...." (Trascripción parcial del artículo). Líbrese la boleta de citación correspondiente. Cúmplase.-