NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY LE OTORGA AL PENADO JOSE FEDERICO FERNANDEZ EL BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO ordenándose su traslado a el destacamento de trabajo agrícola Francisco Vargas Muñoz ubicado en San pablo municipio Arístides Bastidas San Felipe Estado Yaracuy lugar en la cual debe pernotar y se le impone de las condiciones 1-no portar arma de fuego 2- respetar a las autoridades del destacamento 3- no consumir bebidas alcohólicas 4-participar en las actividades de trabajo y estudio ,culturales y deportivas tribunal 5- las demás que imponga el delegado de prueba igualmente se le informa al penado que el incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas dará lugar a la revocatoria del presente beneficio y a la apertura de una nueva causa por la comisión del delito de quebrantamiento de condena.