Por las razones expuestas este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora contra el auto de fecha 05 de Febrero de 2010, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE CONFIRMA" la recurrida actuación en todas y cada una de sus partes, en cuanto a la "REVOCATORIA" del auto de fecha 04 de febrero de 2010, con todos los efectos que de la misma dimanan, vale decir por las razones que legalmente la justifican y por motivos de orden público procesal, conforme a los términos descritos en la parte motivacional de esta sentencia. ASI SE DECIDE.
TERCERO: De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 60 de l.....