es por lo que este Tribunal acuerda lo peticionado por la vindicta publica no califica la aprehensión como flagrante y acuerda la Libertad plena de los adolescentes Yirbin Omar Zamora Arza y Eyver Barboza Gimenez , por vulneración de los artículos 530 , 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y artículo 37 literal b) y d) de la Convención Internacional de los Derechos del Niño , ordenando la continuación de la presente investigación a través de las reglas del procedimiento ordinario, por existir hechos controvertidos que investigar en contra de los adolescentes imputados por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Resistencia a la Autoridad previsto en los artículos 273 del Código Penal Venezolano Vigente y así se decide.