PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 30 de Marzo de 2011, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "SIN LUGAR" la demanda por cobro de indemnizaciones, lucro cesante y daño moral por infortunio laboral, incoada por el ciudadano ORLANDO TORREALBA PORTELES contra la empresa ALAMBRES DE YARACUY, C.A., ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Conforme a lo preceptuado en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE. ASI SE DECIDE.