Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, actuando en sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 18 y 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, DECLARA INADMISIBLE, la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesto por la ciudadana MARIA EMILIA SUAREZ MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.438.954, asistida por el abogado DERKYS ADELIS MENA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 115.293, contra el CONSEJO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO ARISTIDES BASTIDAS DEL ESTADO YARACUY, ya que tal como ha sido planteada resulta imposible su tramitación, al igual que no fue corregida en los términos ordenados, por aplicación de la disposición contenida en el artículo 19 de la.....