TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud promovida por la ciudadana CARMEN RAMONA RANGEL DE PEREZ, en consecuencia, ténganse como la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, la ciudadana CARMEN RAMONA RANGEL DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad números V- 8.010.340, en su condición de madre legitima del causante, NILSON PEREZ RANGEL, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.958.172, domiciliado en la ciudad de Ejido, Sector la Ranchería, vía la mesa de los indios, casa S/N de la Parroquia Matriz Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida y, falleció ab-intestato el día veinticinco (25) de marzo del año dos mil veintitrés (2.023), a causa de Traumat.....