DISPOSITIVA
Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 12 y 340 (5) y 341 del Código de Procedimiento Civil, declara PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de divorcio presentada unilateralmente por la ciudadana SOLCIRE JOSE SANTAMARIA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.150.889 asistida por el abogado MAXIMO BURGUILLOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.129, contra el ciudadano EBLIN JOSE MAESTRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.305.936. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo. TERCERO: Devuélvase los originales.