esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 1 del articulo 6 de la Ley de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, DECLARA INADMISIBLE el recuso de Amparo Constitucional Contra Sentencia, interpuesto por los profesionales del derecho abogados ITALO ATENCIO MORA y ENGELBERT SALOM MONTE, actuando en su carácter de defensores de confianza del investigado de autos, ciudadano ERNESTO JOSE RAFAEL RIVAS TORREALBA. A quien se le sigue causa identificada con el Nº UP01-P-2008-003910, por ante el Tribunal de Control 3 de este Circuito Judicial Penal.