Como quiera que consta en autos las resultas de las experticias solicitadas, este Tribunal procede a dar lectura al dispositivo del fallo, el cual hace en los siguientes términos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa de falta de cualidad opuesta por la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por los ciudadanos RUFO MARTINEZ TOVAR Y OTROS contra INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA, C.A. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la acción de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. CUARTO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia.