DISPOSITIVA
ESTE ESTADO, EL TRIBUNAL DE CONTROL N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, OÍDAS COMO HAN SIDO LAS INTERVENCIONES DE LAS PARTES Y ANALIZADAS LAS PRESENTES ACTUACIONES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se declara con lugar la Solicitud de la Representación Fiscal de la Aprehensión en Calificación de Flagrancia de conformidad con los artículos 44 numeral 1 Constitucional y 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano NORMA IVETT ZERPA CAMACHO. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento Abreviado de conformidad con lo previsto en el artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena la remisión de la causa al Tribunal de Juicio, una vez firme la presente decisión.. TERCERO: Este Tribunal mantiene la precalificación jurídica dada por el Ministerio Público, es decir, precalifica el delito para el ciudad.....