este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la ciudadana JOSEFA ANTONIA GUERRERO UTRERA, quién era venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, soltera, residía al final de la avenida 04, urbanización Banco Obrero, casa número 10, municipio Cocorote, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 4.343.875; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a la ciudadana ZULY JOSEFINA QUERALES GUERRERO