Se declaró CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado José Antonio Adrián, en decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en consecuencia se declara igualmente CON LUGAR, La presente demanda y SIN LUGAR la Reconvención interpuesta por los accionados, en fecha 29 de Junio del año 2006, en el juicio de Cumplimiento de Contrato llevado en contra de la misma. En los términos expresados se REVOCA la sentencia apelada.
En virtud de la referida decisión, se ordena al Juzgado de la causa darle cumplimiento a la presente decisión y se condena igualmente a la parte perdidosa a darle cumplimiento al contrato de compra-venta y a la entrega del inmueble debidamente identificado en auto y a cumplir con la obligación de hacer la tradición del mismo, mediante el otorgamiento del documento en la oficina de Registro del Municipio Sotillo del Estado Monagas, conforme lo establece 1.488 del Código Civil, en .....