En consecuencia, del análisis de las pruebas aportadas por las partes y por cuanto lo peticionado no es contraria a derecho, en correspondencia con la protección del derecho al Trabajo como hecho social y en aras de cumplir con los demás preceptos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecidos en los artículos 87, 88 y 89, este Tribunal decide declarar parcialmente con lugar la presente demanda y así se decide.
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de ACCIDENTE DE TABAJO interpuesta por la ciudadana WENDY ELISA D´LUCA MARTINEZ contra la empresa INDUSTRIA AZUCARERA SANTA CLARA CA., ambas plenamente identificadas.
SEGUNDO: CON LUGAR la indemnización por Daño Moral, interpuesta por la ciudadana WENDY ELISA D´L.....