declara la incompetencia de este Tribunal para conocer del presente recurso de hecho contra la negativa del Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de esta Circunscripción Judicial de oír la apelación ejercida contra el auto de fecha 10 de noviembre de 2010, interpuesto por el abogado en ejercicio de su profesión MANUEL ALBERTO GALINDEZ MÚJICA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 1367, en consecuencia, declina la competencia por ante el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Una vez que quede firme, désele salida en los Libros respectivos y remítase acompañado de Oficio.