corrige el error señalado, en consecuencia, en la línea Nº 3 del primer párrafo del folio 12; en la línea 17 del segundo párrafo del folio 13 y en la línea 6 del primer párrafo del folio 14, en donde se asentó el apellido de la solicitante, ciudadana: MARITZA COLMENAREZ, como: "COLMENARES", en lo adelante se asienta así: "COLMENAREZ", que es lo correcto; quedando las líneas antes referidas corregidas así: "...presentada por los ciudadanos HECTOR EDUARDO MEDINA RAMIREZ y MARITZA COLMENAREZ..."; "...interpuesta por los cónyuges, ciudadanos: HECTOR EDUARDO MEDINA RAMIREZ y MARITZA COLMENAREZ..."; y "...la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: HECTOR EDUARDO MEDINA RAMIREZ y MARITZA COLMENAREZ..." quedando corregida la falla material.
Téngase el presente fallo como parte integrante de la sentencia dictada por este tribunal en fecha: 02/04/2008.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el archivo del tribunal, conforme lo previsto en el artículo 248 del Código de.....