UNICO
Visto el auto de cumplimiento voluntario por parte del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), en el cual cancela la cantidad de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 9.300.000,00), tal como fue ordenado en la sentencia dictada en fecha 25 de Julio de Dos Mil Cinco, mediante cheque correspondiente a la entidad bancaria Banesco, N° 35781486, de fecha 19-10-2006, otorgado al abogado Jean Cavase, este Tribunal, le imparte su aprobación y homologación en los términos convenidos por las partes. Asimismo se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.
El Juez Temporal
Abog. Angel Silva Acuña
El Secretario
Abog. Eligio Velásquez
Exp. 0381
ASA/m.r.-