DECISIÓN
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada IRAIDA RAQUEL COLMENÁREZ CÁRDENAS, en su carácter de Fiscal Undécima del Ministerio Público, contra el auto dictado en fecha 21-02-06, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución N° 1, a cargo de la Juez GLORIA CECILIA TORRELLAS ALTERIO, mediante el cual otorga al penado MIGUEL IBRAHIM ÁLVAREZ ALCALÁ el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA impuesta por el delito de HURTO CALIFICADO. Queda así REVOCADO el auto apelado, y por ende, el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, concedido de forma irregular por el Juzgado de Ejecución N° 1.