DECLARA:
PRIMERO: INCOMPETENTE en razón de la materia, para seguir conociendo el presente juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y los ordinales 10° y 15° del artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, incoada por la ciudadana ORNIDAS MARÍA HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.529.981, asistida por el abogado LUÍS GABRIEL RIVERO, Inpreabogado N° 148.966, contra el ciudadano LUÍS ENRIQUE CASTAÑEDA ESPINOZA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.582.880, asistido por el Abogado EMIR JOSÉ CAMPO, Inpreabogado N° 172.291.
SEGUNDO: DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de los Municipios Arístides Bastidas, José Antonio Páez, Nirgua, Bruzual, Urachiche y Peña de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, para que conozca del presente juicio, al cual se ordena remitir el presente expediente j.....