este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y declara a los ciudadanos SONIA COROMOTO MERTINEZ DE BRASCHI, NELSY BRASCHI PARRA, NELSON BRASCHI PARRA, TAMARA BRASCHI CASTRO, TAHIRA BRASCHI CASTRO, YESLAINE BRASCHI MARTINEZ, MARTHA LORENA BRASCHI MARTINEZ, THAINEL ALEJANDRA DEL MILAGRO BASTARDO y ELIANEL BRASCHI MARTINEZ, titulares de las cedulas de Identidad Nros. V-2.573.104, V-9.644.908, V-9.651.562, V-8.722.985, V-11.318.470, V-11.279.680, V-16.110.729, V-17.884.655 y V-14.3997 respectivamente: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante NELSON BRASCHI SANTOS