Declara: PRIMERO: la falta de legitimación ad causam de la parte demandada para sostener el presente juicio, por cuanto sólo se demanda al ciudadano ROBERTH ENMANUEL MONTIEL FEO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-24.771.600, quien carece de legitimación ad causam para sostener la relación procesal del presente juicio, pues existe un litisconsorcio pasivo necesario con su hermano y coheredero MICHELL JOSÉ DADAN FEO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-19.355.705. SEGUNDO: Como consecuencia de lo expuesto en el particular anterior, se declara INADMISIBLE in limine litis la pretensión de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por el ciudadano JOHNNY ALEXIS MONTIEL VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la Cédula de Identidad número V-1.943.798; debidamente asistido por el Abogado Guiomar Ojeda Alcalá, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-3.912.946, e inscrit.....