Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Hecho, ejercido por la representación judicial de la parte demandada recurrente, contra el auto de fecha 14 de junio de 2017, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por la empresa COSNTRUCCIONES PASVAL C.A. contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 0538/2015 dictada en fecha 07-05-2015 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, contenida en el expediente 057-2015-01-00071. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se revoca el auto recurrido y, en consecuencia, se ordena oír el recurso ordinario .....