DECISIÓN:
Por todas las razones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para seguir conociendo de las presentes actuaciones iniciadas por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Cocorote del estado Yaracuy, a solicitud del ciudadano AVELARDO ANTONIO RAMOS MONAGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 10.979.694, domiciliado en el DTTO. Capital, Caracas, CE. Libertador, PQ. El Valle, Santa Ana, Charallave, calle 7, Sn, al CIRCUITO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, de conformidad con el artículo 453 de la Ley Orgánica para la Pro.....