D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud d Divorcio formulada por los ciudadanos: JOSE CONCEPCION RODRIGUEZ BELIER y CEILA RAMONA LINAREZ MEDINA, cónyuges, mayores de edad, venezolano, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 4.124.999 y 7.347.580, respectivamente y de éste domicilio, asistidos por el Abogado Yusmary Caraballo, Inpreabogado No. 64.868. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los cónyuges, ciudadanos: JOSE CONCEPCION RODRIGUEZ BELIER y CEILA RAMONA LINAREZ MEDINA, ya identificados, en fecha: 30 de Abril de 1998, por ante la Cámara Municipal del Municipio Urachiche del Estado Yaracuy, según acta N°. 03.