Por razones de hecho y de derecho que han quedado expuestas, este Juzgado de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", Rechaza la Acusación Fiscal, y en ocasión a ello, Decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en el presente asunto por el delito de LESIONES LEVES, previsto en el artículos 416 del Código Penal, en perjuicio del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), de conformidad con lo previsto en el literal "d" del artículo 561 y 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con los artículos 318, ordinal 3° y 48, cardinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y el numeral 6° del artículo 108 del Código Penal, aplicables según la previsión de la norma 537 de la Ley Orgánica antes mencionada, por haber operado la prescripción de la acción p.....