CAPITULOIII
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto y las normas antes señaladas, este Juzgado de Control N° 2 de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de la Defensora Publico Segunda de la Sección de Adolescentes. SEGUNDO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con el articulo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en el asunto seguida IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto en el artículo 420 del Código Penal vigente, en agravio de JUAN MIGUEL FALOTICO ORTIZ,. TERCERO: Se remite el asunto al Archivo Central para su posterior remisión al Archivo Judicial.
Publíquese, regístrese y remítase. En el Tribunal de Control Nº 2 de .....