Definitivamente firme como quedó la sentencia condenatoria dictada en fecha tres (3) de febrero de 2005, por la Sala Accidental Segunda de Reenvío Para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictada en contra del ciudadano Humberto José Uzcátegui Paredes, quien es venezolano, comerciante, soltero, hijo de Andrea Paredes y de Humberto Uzcátegui, residenciado en la Av. 4 Bolívar, casa N° 14-58, Mérida, Estado Mérida, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de doce (12) años de presidio por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 460 del Código Penal, este Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la misma.
En consecuencia, se designa como el lugar donde el penado cumplirá la pena impuesta, el Centro Penitenciario de la .....