En consecuencia, queda establecido en que el Ciudadano: Reinaldo Josè Camacho, deberá cancelar a sus hijos, la cantidad de Cien Mil Bolívares (Bs.100.000,00) mensuales, además aportes extras como vestidos, educación, cultura, asistencia medica, medicinas recreación y deporte ect. Dicha cantidad corresponde al Convenimiento suscrito por las partes en la Defensorìa del niño, niña y adolescente del Municipio Peña.. La misma se incrementara automáticamente del mismo modo en que se incrementen los ingresos del obligado en autos, todo lo cual esta previsto en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en sus artículos 369 y 374. Tómese razón.
El Juez
Abg. Octavio Méndez M La Secretaria
Abg. Cándida Lucena Perdigón.
En la misma fecha se tomo razón y se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria