PRIMERO: CON LUGAR el alegato de prescripción invocado por la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano MARIO OCHOA RENGIFO, CONTRA EL ESTADO YARACUY, ambas partes plenamente identificadas en autos.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS al demandante de autos de conformidad con el artículo 64 de la Ley adjetiva Laboral.
CUARTO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la Ley.