Esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el numeral 1 del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada Esmeralda López Guzmán, en su carácter de Jueza de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el asunto UP01-P-2015-002951.