Razón por la cual este órgano jurisdiccional, con base al ordinal 8° del precitado artículo 330 eiusdem Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso a favor del acusado ANGEL MONSERRAT y fija un Régimen de Prueba de un (1) año, tiempo en el cual cumplirá las siguientes condiciones: 1.- Presentarse una vez al mes ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por el lapso de un año, es decir hasta el día 08-08-2008. 2.- prohibición de acercarse de manera física o verbal con la victima o con su familia.
Igualmente se le notifica que deberá presentarse ante la Unidad de Apoyo al Sistema Penitenciario, quien le designará un delegado de prueba y velara por el cumplimiento del régimen impuesto, a tales fines ofíciese a la Unidad de Apoyo al Sistema Penitenciario. Haciéndole del conocimiento al acusado ANGEL MONSERRAT, que de cumplir con el mismo se extinguirá la acción penal y se decretará el sobreseimiento de la causa; si por el contrario incumple, previo análisis de las .....