Se le participa al penado y a los sujetos procesales que intervienen en este Asunto, que dicho penado podrá OPTAR a las diferentes medidas alternativas de cumplimientos de penas cumplidos los requisitos exigidos de Ley en las siguientes fechas:
a) Destacamento de Trabajo: al tener cumplido detenido un cuarto (1/4) de la pena impuesta por el tribunal, es decir, un (1) año, diez (10) meses de prisión que se cumplieron en fecha 20/09/2005.
b) Régimen Abierto: al tener cumplido detenido un tercio (1/3) de la pena impuesta por el respectivo tribunal, es decir, dos (2) años de prisión, que se cumplirán en fecha 5/05/2007.
c) Libertad Condicional: al tener cumplido detenido dos terceras partes (2/3) de la pena impuesta por el respectivo tribunal, es decir, cinco (5) años de prisión, que se cumplirán el 5/11/2009.
d) La Gracia del Confinamiento: al tener cumplido detenido las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta por el tribunal correspondiente, es decir, cinco (5) años, siete (.....