EN CUANTO AL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR. PRIMERO: El padre compartirá con sus hijas a partir de las 4:00 p.m. hasta las 7:00 p.m., asimismo compartirá los fines de semana el día domingo a partir de las 11:00 a.m., hasta las 6:00 p.m., buscándolas y retornándolas al hogar materno, en dado caso que tenga una salida el fin de semana en un diferente, compartirá previa comunicación con la madre. SEGUNDO: De igual forma, las niñas compartirán con su padre el día del padre y cumpleaños de este, igual con respecto a la madre, en cuanto al cumpleaños las mismas serán compartidos entre ambos padres por ser una fecha especial. En cuanto al carnaval y semana santa será compartido entre ambos padres, previo acuerdo, siendo alterno los años sucesivos. TERCERO. En cuanto a las vacaciones escolares las mismas serán compartidas por mitad entre ambos padres. EN época decembrina el 24 de diciembre con el padre y el 31 de diciembre con la madre, siendo alternado los años sucesivos. CUARTO: Los p.....