´´ En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la presente demanda de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA RESIDENCIARSE FUERA DEL PAÍS, específicamente en la República de Chile, interpuesta por la Ciudadana MORELBY MAYERLING MORENO MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.054.186, representada por las Abogadas GLORIA EVELINA GIMÉNEZ GONZÁLEZ, REINA ZOLAIME COLMENÁRES y KARLENNY DAYANA GARCÍA, inscritas en el Inpreabogado con los números 119.215, 85.005 y 120.353 respectivamente, progenitora de la niña "Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA", de siete (7) años de edad; en contra del Ciudadano JOSÉ MANUEL LUGO CHIRINOS, venezolano, mayor .....