ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 49 numerales 2 y 4 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en armonía con lo dispuesto en el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, adminiculado con lo establecido en el articulo 86 numeral 7 ibidem, me inhibo de conocer en la presente causa seguida contra el imputado LUIS ALBERTO OCANTO MOLINA, venezolano, de 21 años de edad, natural de Sabana Mendoza, Estado Trujillo, nacido en fecha 17-05-1987, titular de 10 cedula de identidad Nro. V- 20.655.279, soltero, de profesi6n Chofer, hijo de Digna Molina y Luís Ocanto Quevedo, residenciado en Sabana de Mendoza, vía al Cenizo, calle principal, sector Casa Blanca, casa sin, he.....