PRESCRITA la acción y en consecuencia IMPROCEDENTE la pretensión de cobro de Diferencia de la PRESTACION DE ANTIGÜEDAD y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por el ciudadano CARMELO MARCANO, en contra de de la Sociedad Mercantil MAERSK DRILLING VENEZUELA, S.A.
NO procede la condenatoria en COSTAS, a la parte demandante, por devengar el actor menos de tres (3) salarios mínimos, esto conforme a las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.