Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de su hijo el niño: (Identificación Reservada), de un (1) año de edad y de este domicilio, por la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON NOVENTA CENTIMOS (Bs. 488,90) semanales, que deberá depositar directamente en la cuenta de este tribunal o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Adicionalmente a la cuota de manutención el demandado deberá cumplir con el pago, de una cuota especial entre los días 15 de agosto al 15 de septiembre, de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00) para contribuir con los gastos de compra de ropa y calzado que requiera el niño mencionado.
Tercero: Adicionalmente a la cuota de manutención debe cumplir con el pago de otra cuota especial de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,00) entre los días 15 de noviembre y 15 de diciembre, como su contribución, para que la demandante, conjuntamente con lo que ella debe aportar, pueda adquirir ropa y cal.....