Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el recurso de apelación de autos, interpuesto por las profesionales del derecho JHOSELINE SALAZAR SEGOVIA y BETSAIDA AVILA MARIN, en su carácter de Fiscal Principal y Auxiliar Vigésima Séptima del Ministerio Público con competencia en Ejecución de la Sentencia de la Circunscripción del estado Zulia, respectivamente, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de noviembre de 2016, bajo el No. 238-2016, publicada en la misma fecha, por el Juzgado Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra las Muje.....